lunes, 8 de octubre de 2012

Que nombre le pongo a mi bebé??



Consenso de los padres

No se debe frivolizar con la elección del nombre. Debe imperar el deseo de los padres, una vez que los dos se han puesto de acuerdo, sin olvidar que el niño tendrá que convivir con ese nombre el resto de su vida. Podrá cambiarlo cuando cumpla 18 años, pero es mucho tiempo viviendo con un nombre que puede no gustarle.

¿Qué aconsejan los expertos?

Ningún estudio científico o psicológico ha podido demostrar que el nombre que se impone a un bebé afecte a su forma de ser. Sin embargo, durante miles de años muchos pueblos han elegido el nombre del recién nacido por su significado; por ejemplo Ana, que significa "la compasiva". Aún así los expertos recomiendan:
  • Que no se busquen nombres excesivamente sofisticados, raros o difíciles de escribir o pronunciar. En el futuro pueden producir al niño o niña problemas burocráticos o convertirle en objeto de burlas.
  • Hay que tener en cuenta los apellidos, y evitar cacofonías (Luz Díaz) o redundancias (Gonzalo González).
  • Si el apellido es largo, mejor elegir un nombre corto, y viceversa.
Para evitar problemas al niño, la ley establece una serie de restricciones a la hora de inscribirlo en el Registro Civil del lugar donde haya nacido el pequeño o la localidad donde estén empadronados los padres.

¿Cuántos nombres puedo ponerle?

No podemos imponer al bebé más de un nombre compuesto, como por ejemplo Juan-Alejandro Raúl-Federico (tendríamos que decantarnos por una de las dos combinaciones). Tampoco esta permitido inscribirle con más de dos nombres simples, como Marta Luisa del Carmen (sobraría uno).

¿Hay nombres prohibidos?

  • Sí, la ley establece prohibiciones referidas a aquellos nombres que perjudiquen a la persona por extravagantes, ridículos o impropios, como Rocinante, o los que se refieran a conceptos negativos o irreverentes, como Lucifer o Bin Laden.
  • No es posible registrar como nombre un apellido, ni imponer al recién nacido un nombre que no deje claro su sexo.
  • Tampoco podemos poner al bebé el nombre de un hermano, salvo que este haya fallecido.

¿Es posible inventarse el nombre?

Sí, siempre que no se infrinjan las prohibiciones que establece la ley. En caso de que el encargado del Registro pusiera pegas o se negase, se puede recurrir y será el juez del Registro Civil quien decidirá si puede admitirse o no.

¿Se pueden registrar diminutivos o nombres coloquiales?

Sí, gracias a la Ley de Identidad de Género que entró en vigor el 15 de marzo de 2007 y que anula la prohibición que figuraba en la Ley del Registro Civil de registrar a los niños con diminutivos o nombres familiares y coloquiales, como Chema, Nacho o Manolo. Hoy en día, nombres que por su uso generalizado hayan dejado de relacionarse con el nombre del que se derivan y tengan sustantividad propia (como Lola, que proviene de Dolores o Pepe, derivado de José), ya pueden inscribirse desde el nacimiento como nombre propio.

¿Son admisibles los nombres extranjeros?

Sí, se admiten, aunque posiblemente nos pidan documentación que acredite la existencia del nombre. Si tiene traducción al español se podrá inscribir en el idioma que los padres prefieran.

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